Mostrando las entradas con la etiqueta Indemnización. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta Indemnización. Mostrar todas las entradas

lunes, 7 de diciembre de 2015

FORMATO DEMANDA LABORAL | DESPIDO INJUSTIFICADO


¿Necesitas realizar una demanda por despido injustificado?

Si te acaban de despedir, eres estudiante de derecho o simplemente necesitas realizar una demanda en materia laboral, no debes preocuparte, la Ley Federal del Trabajo establece que no existen reglas o formas específicas de realizar una demanda, basta con que se establezcan los hechos claramente, debiendo expresar los puntos petitorios.



A continuación te presentamos un formato básico de una demanda por despido injustificado, reclamando como prestación principal la indemnización constitucional:


NOMBRE DEL TRABAJADOR
VS
(EMPRESA O PATRON)
ACCION: INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL
ASUNTO: SE PRESENTA DEMANDA 

JUNTA LOCAL  DE CONCILIACIÓN Y
ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA.

P R E S E N T E

                        __________________________, promoviendo por propio derecho, señalando para oír y recibir notificaciones el ubicado en ____________________, Puebla, Puebla; y designando como mis apoderados en los términos de la carta poder que se adjunta al presente a los licenciados en derecho __________________________________de forma indistinta, respetuosamente expongo:

                        Vengo a demandar por despido injustificado a “______________ SA DE CV”, señalando como domicilio para que sea legalmente emplazado el ubicado en: _____________________________________, Puebla, C.P. 72820; de quien reclamo el pago y cumplimiento de las siguientes:

P R E S T A C I O N E S:
a)    Indemnización por despido injustificado equivalente a tres meses de salario, de acuerdo a lo establecido en el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo. 

b)    El pago de los salarios caídos y vencidos y que se sigan venciendo desde el momento de mi injustificado despido, durante la tramitación de este juicio y hasta que se ejecute el laudo respectivo, con los intereses que se generen.

c)    El pago de la parte proporcional de vacaciones y prima vacacional, correspondiente al año en curso, a razón de __ días y el __% respectivamente, tal y como fue cordado en el contrato individual de trabajo el cual no se me fue pagado. 

d)    El pago de la parte proporcional de aguinaldo correspondiente al año en curso,  a razón de __ días, tal y como fue pactado en el contrato individual de trabajo el cual no me fue pagado.

Se funda la presente demanda en los siguientes hechos y consideraciones de derecho:

H E C H O S:

1.- Con fecha __________ de marzo del año 2007, ingrese a laborar a con la demandada, celebrando el suscrito contrato individual de trabajo por escrito, mismo que celebre con el C. ___________ quien funge como representante legal de la moral demandada, ingresando a laborar en el puesto de _______  y que desempeñe desde entonces hasta la fecha de mi injustificado despido.
2. Las actividades para las cuales fui contratado las desempeñaba en un horario comprendido de las __________, de lunes a viernes de cada semana, durante todo el tiempo que duró la relación laboral, teniendo como días de descanso los días sábados y domingos. Mi jefe inmediato era ___________, quien se desempeña en aquella compañía como _________________________.
3. La parte demandada me estableció diversos salarios a lo largo de la relación laboral, siendo mi último salario base por la cantidad de __________ (cantidad en letra) el cual me Salario que se deberá de tomar en cuenta al momento de cuantificar todas y cada una de mis prestaciones laborales. El día en que se me pagaba mi salario, lo era los días quince y treinta de cada mes, se me pagaba por medio de tarjeta de débito ____________, previa firma de recibo de nómina que hacía en el interior de las oficinas de la Dirección General.
4. Resulta que el pasado____ de septiembre a las 18 horas al momento de presentarme a laborar, la gerente ___________________  me llamo a sus oficinas  y en compañía del abogado de la compañía (de quien desconozco su nombre) me dijo que ya no laboraría en esa empresa, al pedirle explicación del despido me pidieron que firmara un documento que al parecer era una carta de renuncia, documento que desde luego no firme pues al requerirle me hiciera pago de mi finiquito así como demás prestaciones la respuesta fue negativa.

            Considero que he sido objeto de un despido por demás injustificado, razón por la cual me veo en la necesidad de reclamar las prestaciones de ley ante esta autoridad, pues como lo he dejado narrado en los hechos de la presente demanda, he sido despedido de forma por demás injustificada de mi trabajo.

D E R E C H O

            I.- Es competente esta autoridad laboral en términos de lo prevenido por el artículo 123 Constitucional; 529, 621 y relativos aplicables de la Ley Federal del Trabajo.
            II.- Son aplicables en cuanto al fondo los diversos 48, 162 y demás relativos y aplicables que señala la Ley Federal del Trabajo.
            III.- En cuanto al procedimiento se rige por lo dispuesto en el Título Catorce de la Ley Federal del Trabajo.          

                        Por lo anteriormente expuesto y fundado a esta Honorable Junta, atentamente pido:

            PRIMERO.- Tenerme por presentada en tiempo y forma legal, iniciando juicio ordinario en contra de la demandada mencionada en el proemio de este ocurso.

            SEGUNDO.- Con las copias simples que acompaño correr traslado a los demandados en el domicilio señalado con los apercibimientos de ley.

            TERCERO.- Señalar día y hora para que tenga verificativo la audiencia de conciliación, demanda, excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas.

            CUARTO.- Previos los trámites de Ley, condenar a la demandada al pago de todas y cada una de las prestaciones reclamadas.


ATENTAMENTE

PUEBLA, PUEBLA A 7 DE DICIEMBRE DE 2015.

______________________________

Nombre y firma

Si no eres abogado o estudiante de derecho es necesario que te acerques a uno para que te asesore, puesto que la buena elaboración de la demanda resulta fundamental para el resultado del asunto.

lunes, 12 de octubre de 2015

FINIQUITO, LIQUIDACIÓN E INDEMNIZACIÓN


Cuando una relación laboral termina, el trabajador debe recibir una cantidad de dinero, la cual es una obligación inalienable para el empleador, a esta cantidad variara dependiendo de si se paga un finiquito o una liquidación, en la mayoría de las ecuaciones surge la duda respecto a cuál de los dos supuestos nos corresponde. Y a menudo se le equipara a la indemnización, la cual es una cuestión diferente.

Esta gratificación o prestación se realiza en efectivo, y dependiendo de las causas por las cuales se termine la relación laboral, será un finiquito o una liquidación la que proceda, a continuación te decimos cuando procede cada una y como se integran.

Finiquito

Algunos supuestos en los que se debe pagar el finiquito son los siguientes:
a) Por renuncia del trabajador;
b) Por despido “justificado”;
c) Cuando el trabajador rescinda el contrato por falta grave cometida por el patrón;
d) Por terminación del contrato laboral, cuando fuera celebrado por obra o por tiempo determinado;
e) Por muerte del trabajador, en este caso será pagado a sus beneficiarios;
f) Invalidez por enfermedad, por esta causa se debe agregar al pago la prima de antigüedad y una gratificación por invalides.

En esta prestación se integra por el pago proporcional de vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, reparto de utilidades y prima de antigüedad, esta última sujeta a procedencia. Su cuantificación se realiza en razón del salario integrado.

Liquidación

Tres casos genéricos en los cuales procede la liquidación son las siguientes:
a) Cuando el patrón rescinda el contrato laboral, entre otras, por reestructuras de área, cierre de la empresa; 
b)Despido injustificado;
c) Renuncias por falta grave cometida por el patrón.

En esta se deben pagar, partes proporcionales a vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, reparto de utilidades, y a diferencia de la anterior aquí se adiciona una indemnización equivalente a 3 meses de salario y prima de antigüedad, su cálculo se realiza en razón al salario integrado.

La indemnización

Esta figura opera como consecuencia de responsabilidades del patrón, su figura esta justifica en el derecho a la estabilidad laboral, por ello ésta es parte del finiquito. La misma está comprendida por la cantidad de dinero equivalente a tres meses de salario, así como el pago de la prima de antigüedad, esta última va a variar dependiendo de las condiciones de trabajo y la forma en que se termine la relación laboral. Las reglas de la indemnización están estipuladas en el artículo 50 de la Ley Obrera, las cuales se transcriben a continuación:

I. Si la relación de trabajo fuere por tiempo determinado menor de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados; si excediera de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de seis meses por el primer año y de veinte días por cada uno de los años siguientes en que hubiese prestado sus servicios;
II. Si la relación de trabajo fuere por tiempo indeterminado, la indemnización consistirá en veinte días de salario por cada uno de los años de servicios prestados; y
III. Además de las indemnizaciones a que se refieren las fracciones anteriores, en el importe de tres meses de salario y el pago de los salarios vencidos e intereses, en su caso, en los términos previstos en el artículo 48 de esta Ley.

Por ultimo debemos apuntar que existen otras indemnizaciones, tales como indemnización por invalidez, muerte por riesgo de trabajo. Pero estas son de características diferentes y se abordaran más adelante.